Servicios de salud para las víctimas de violencia sexual: una análisis de cumplimiento de los compromisos nacionales e internacionales

El Observatorio del Derecho a la Salud, del Consorcio de Investigación Económica y Social (CIES), busca promover la capacidad de vigilancia social de las políticas y programas de salud, considerando la incorporación del enfoque de género y el cumplimiento de los compromisos de derechos humanos en salud, con énfasis en la salud sexual y reproductiva.

.La violencia sexual contra las mujeres es un problema de salud pública, ya que además de causar lesión física inmediata y angustia,también contribuye a aumentar el riesgo de las mujeres de tener mala salud en el futuro. Ello determina la necesidad de que el tema reciba una atención especial por parte de los y las profesionales de la salud y de disciplinas relacionadas.

Este estudio surge de la iniciativa de la Mesa de Vigilancia Ciudadana en Derechos Sexuales y Reproductivos, a partir del testimonio de una adolescente de 17 años que fue violada y acudió a un hospital de la gran Lima.

En este servicio, apartándose de lo establecido en el protocolo, el médico que la atendió no sólo no le brindó la información necesaria, sino que tampoco le proporcionó la anticoncepción oral de emergencia, convirtiéndola nuevamente en víctima y exponiéndola al riesgo de una maternidad impuesta, hecho extremadamente grave si se tiene en cuenta que en el Perú las mujeres embarazadas como consecuencia de una violación sexual no tienen derecho al aborto.

Si bien se carece de estadísticas que permitan determinar la real dimensión de este problema, ya que no hay un sistema único de registro a nivel nacional, existen estudios parciales o aproximaciones que nos hacen presumir que la situación sufrida por esta adolescente no constituye un caso aislado.*

Debemos tener en consideración que en el marco de los instrumentos internacionales ratificados y de la normatividad nacional vigente, el Estado peruano está obligado a prevenir la violencia sexual contra las mujeres y que, cuando esto no ha sido posible y la violación se ha producido, debe asegurar a las víctimas el acceso a la justicia, la reparación, la atención y la recuperación de su salud, y garantizar el acceso a medidas rápidas para evitar consecuencias aún mayores.

El Observatorio, a través del Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (PROMSEX), encargó a Rossina Guerrero, con la colaboración de Susana Chávez, el desarrollo del presente estudio a fin de determinar el cumplimiento de la normativa nacional referida a la atención de las víctimas de violación sexual en los servicios de emergencia de los hospitales de las regiones de Ayacucho, Huancavelica, Huánuco, La Libertad, Lima y Puno, para, a partir de la evidencia, ayudar al Ministerio de Salud a construir la solución.

La información que se obtuvo permite concluir que el Estado peruano, pese a la normatividad desarrollada y a las mejoras implementadas durante la última gestión ministerial, no está cumpliendo con su obligación de garantizar el derecho a la atención de emergencia en salud para las víctimas de violación sexual, pues no se está aplicando el protocolo de atención contenido en las Guías Nacionales de Atención Integral de la Salud Sexual y Reproductiva (R. M. 668-2004-MINSA), ya sea por ignorancia de los prestadores, por el prejuicio de que la violación sexual contra las mujeres no es un hecho grave e intolerable y por ello no amerita ser atendido en un servicio de emergencia, porque se piensa que la anticoncepción oral de emergencia sólo debe prescribirse cuando la víctima se encuentra en su período de ovulación o porque no se cuenta con los insumos necesarios.

En ese sentido, esta publicación, habiendo identificado los nudos que existen en la atención de las víctimas de violencia sexual en los servicios de emergencia de los hospitales públicos, pone los hallazgos a disposición de la ciudadanía y del Ministerio de Salud, a fin de facilitar la implementación de las medidas correctivas.